El derecho de la minoría
El 10 de abril 1529, en el marco de la Dieta Imperial de Spira, seis príncipes y los delegados de catorce ciudades imperiales se reunieron como representantes de la minoría religiosa luterana en protesta a causa del decreto imperial en contra de Martín Lutero así como en contra de sus escritos y enseñanza, con fin de solicitar la propagación libre de la fe evangélica.
Los luteranos en la Dieta de Spira
Ocho años atrás, en la Dieta de Worms de 1521, la lectura y difusión de los escritos luteranos había sido prohibido en el Edicto de Worms, y Martín Lutero así como sus seguidores fueron declarados como fuera de la ley. En una dieta posterior, celebrada en 1526 también en Spira, este fallo fue parcialmente reversado, en cuanto que su ejecución se dejó en manos de los Estados Imperiales. Cada príncipe debía tratar el asunto de religión tal como le parecía poder responder ante Dios y ante el Emperador. En esta segunda Dieta de Spira, Carlos V. quiere ahora levantar las conclusiones de 1526 para poner fin a la disputa religiosa entre la mayoría católica y la minoría evangélica.
Los príncipes inclinados a la Reforma, empero, no quieren conformarse con ser obligados a la confesión católica por medio de una decisión mayoritaria. La protesta montada por los príncipes y ciudades se considera, por ende, la hora de Nacimiento del protestantismo.
Los antecedentes
Apenas a tres años despuñes de la dieta del 1526, Emperador Carlos V. conscribe una nueva dieta para el 1 de marzo de 1529. Como en la occasion anterior no asistirá en persona sino, en su lugar debe presidir su hermano Fernando; él mismo se encuentra demasiado involucrado en la guerra española con Francia.
En el discurso de inauguración, Fernando da a conocer la decision del emperador: levantar la determinación de 1526, ya que ella hubiera dado origen a «gran malestar y falta de sentido», y amenaza a cualquier «seducción a la falsa fe» con expulsar a los incurrientes por fuera de la protección por la ley imperial. Hasta la aclaración por un concilio que todavía faltaba por convocar, todas las innovaciones eran prohibidas.
Aún así ofrece alguna concesión: «El que hasta ahora ha acatado al Edicto de Worms, debe seguir haciéndolo. En las regiones donde no se le ha obedecido, no se introducen cosas nuevas, pero a nadie debe impedirse celebrar la misa. Las sectas finalmente que contradigan al sacramento del Cuerpo y la Sangre verdadera, no deben permitirse, así como tampoco los anabaptistas.»
En texto claro esto quiere decir que en territories gobernados por católicos se mantiene la prohibición a la enseñanza luterana, mientras en territories gobernados por luteranos, estos pueden continuar por el momento, pero sin propagar su fe ni inhibiendo a los católicos.
Un nombre para los siglos
El 19 de abril, las objeciones contra la determinación imperial de 1526 son aceptados por una mayoría de los Estados.
A los evangélicos se les explica que deben «doblegarse bajo la decision debidamente diligenciada» de la mayoría. En vista de lo cual los príncipes evangélicos abandonan la sala. A su regreso más tarde es Fernando el que quiere dejar la asamblea y se niega a escucharlos.
Así que sus objeciones son leídas: protestan contra la decision de la mayoría de abrogar la determinacion de 1526. Fernando les pide «aceptar el fallo y obedecer». Como respuesta, el 20 de abril los príncipes evangélicos entregan oficialmente un escrito de Protestación, cuyo recibo Fernando rechaza. No se procede a la lectura, pero llega a manos del publico como documento impreso.
En la Protestación se dice, entre otras:
Así protestamos y testificamos con ello abiertamente delante de Dios, nuestro solo Creador, Sustentador, Redentor y Salvador, quien solo investiga y conoce a los corazones de todos nosotros, y quien juzgará conforme con justicia; también delante de todos los hombres y criaturas, que para nosotros, para los nuestros y para todos los de posición justa, no aprobamos ni consentimos en ninguna acción e intención decididas, sino que por las causas mencionadas y otras razones honorables las tenemos por nulas y no obligatorias.
El redactor principal de la Protestación es el Consejero del electorado sajón y anterior canciller Gregorio Brück. Firmada es la Protestación por
- Juan, Príncipe Elector de Sajonia
- Jorge, Marqués de Brandenburgo
- Ernesto, Duque de Braunschweig-Lüneburg
- Felipe, Conde Soberano de Hessen
- Wolfgang, Príncipe de Anhalt-Köthen.
En la sesión de clausura de la Dieta, el 24 de abril, se repite la lectura de la determinación aceptada; de la Protestación de los príncipes evangélicos, sin embargo, no se dice ni una palabra. Por lo tanto, los consejeros de los príncipes luteranos y los delegados de los catorce ciudades imperiales evangélicas se reúnen y redactan un Instrumentum Appellationis, una apelación en la que se resumen una vez más los reclamos contra la determinación de la Dieta Imperial.
Desde esta dieta, los seguidores del movimiento reformador son llamados Protestantes.
La Protestación de Spira: su significado
Con la protestación de Spira, un grupo minoritario de príncipes y ciudades imperiales confrontó a la decisión de la Dieta de Spira en 1529. Rechazaron a la renovación del Edicto de Worms de 1521 en contra de Lutero, que prohibió la propagación de la Reforma. En Spira 1529, una minoría se fundamentó en el derecho de su conciencia en contra de una decisión mayoritaria que era obligatoria para todos los territorios imperiales en cuestiones de religión. La Protestación de Espira no era, sin embargo, una espectacular acción de protesta sino una confesión a favor de la libertad de decisión individual, cuya legitimación se intentaba obtener a través de una petición oficial.
Respetar el derecho de las minorías se considera hoy en día una demanda principal a la socieda modernad. Pero hoy como antes, se les hace difícil a muchos cuando se saben en el lado mayoritario.