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31 de octubre 1999

31 de octubre 1999

Convivencia y cooperación sin renuncia

A finales del segundo milenio y 469 años después de la Reforma Protestante, Augsburgo, la localidad bávara en Alemania se ha vuelto a convertir en cruce de caminos del cristianismo. Aquí se firmó el 31 de octubre de 1999 la Declaración conjunta entre católicos y luteranos sobre la doctrina de la justificación. Fue éste precisamente el argumento que dividió a las dos iglesias en 1530, cuando los luteranos presentaron al emperador Carlos V la Confesión Augustana y donde en 1555 se acordó la Paz de Augsburgo.

Motivos de publicar la Declaración Común

Papst Franziskus umarmt in Lund die lutherische Bischöfin von Uppsala, Antje Jackelen. Foto: ReutersPapa Francisco abraza a Antje Jackelen, obispa luterana de Uppsala (Suecia)

En el aniversario 500 de la Reforma protestante la declaración común de los que anteriormente se combatían con espada y fuego provoca dos sentimientos contrarios: a un lado, indescriptible tristeza por los millones de vidas que el conflicto confesional ha cobrado en ambos lados y entre los que no pertenecían a ninguno, así como por las desgracias personales y familiares que hasta hace poco ha provocado. Sin embargo, también nos genera la esperanza afianzada que el ser humano es capaz de aprender de sus errores y que personas de diferentes convicciones pueden convivir y cooperar en lo que ambos definan como buena causa, sin que ninguno tenga que renunciar a lo que es esencial para su fe más profunda.

La fecha escogida para la firma del documento era particularmente simbólica, pues recuerda también aquel 31 de octubre de 1517 en el que Martín Lutero publicó sus 95 tesis de Wittemberg, dando inicio al movimiento reformador. El acuerdo sobre el texto fue anunciado el anterior 11 de junio en Ginebra -otra ciudad significativa para la Reforma-, después de que la Iglesia católica pidiera que se hicieran algunos añadidos a un texto base para aclarar mejor  conceptos relacionados con la cuestión del pecado y de la cooperación del hombre en la salvación. El texto firmaron el cardenal Edward Idriss Cassidy, presidente del Consejo Pontífico para la Unidad de los Cristianos, y el obispo Christian Krause, presidente de la Federación Luterana Mundial. Recoge los frutos de 30 años de diálogo surgido tras el Concilio Vaticano II. Ofrecemos la traducción al castellano que ha distribuido a través de la agencia católica AICA la Conferencia Episcopal de Argentina.

DECLARACIÓN OFICIAL CONJUNTA ENTRE LA FEDERACION LUTERANA MUNDIAL Y LA IGLESIA CATOLICA SOBRE LA DOCTRINA DE LA JUSTIFICACION. Augsburgo.

1. Sobre la base de los acuerdos alcanzados en la Declaración conjunta sobre la doctrina de la justificación (DJ), la Federación Luterana Mundial y la Iglesia Católica declaran: «La doctrina de la justificación expuesta en la presente declaración demuestra que entre luteranos y católicos hay un consenso respecto a los postulados fundamentales de dicha doctrina» (DJ 40). Con base en este concurso la Federación Luterana Mundial y la Iglesia Católica declaran: «Las condenas del Concilio de Trento no se aplican al magisterio de las iglesias luteranas expuesto en la presente declaración y, las condenas de las Confesiones luteranas no se aplican al magisterio de la Iglesia Católica expuesto en la presente declaración» (DJ 41).

2. Con relación a la Resolución que, acerca de la Declaración conjunta, fue tomada por parte del Consejo de la Federación Luterana Mundial del 16 de junio de 1998, y la respuesta de la Iglesia Católica del 25 de junio de 1998, y los interrogantes planteados por ambas, la declaración adjunta (denominada ‘Anexo’) acredita ulteriormente el consenso alcanzado en la Declaración conjunta, de modo que sea claro que las anteriores mutuas condenas doctrinales no son aplicables a las enseñanzas de ambas partes, tal como vienen presentadas en la Declaración conjunta.

3. Las dos partes en diálogo están comprometidas a continuar y profundizar el estudio acerca de los fundamentos bíblicos de la doctrina de la justificación. También buscarán una ulterior comprensión común de la doctrina de la justificación más allá de lo que ha sido tratado en la Declaración conjunta y la declaración substancial adjunta. Basados en el consenso alcanzado, es necesario continuar el diálogo; concretamente, se requiere una ulterior clasificación sobre las cuestiones mencionadas especialmente en la Declaración conjunta (DJ 43), para poder alcanzar la plena comunión eclesial, una unidad en la diversidad, en la que las restantes diferencias podrían ser «reconciliadas» y no tendrían más una fuerza divisoria. Católicos y Luteranos continuarán ecuménicamente sus esfuerzos en su testimonio común de interpretar el mensaje de la justificación en un lenguaje apropiado para los hombres y mujeres de hoy, y con referencia a las preocupaciones, tanto individuales como sociales, de nuestro tiempo. Con esta firma, la Iglesia Católica y la Federación Luterana Mundial confirman la Declaración conjunta sobre la Doctrina de la Justificación en su totalidad.

———- ANEXO ———-

1. Las siguientes elucidaciones subrayan el consenso alcanzado en la Declaración conjunta sobre la Doctrina de la Justificación (DJ) con referencia a las verdades básicas de la justificación; así se pone en claro que las condenas mutuas de los tiempos pasados no se aplican a las doctrinas católica y luterana sobre la justificación tal como éstas son presentadas en la Declaración conjunta.

2. «Juntos confesamos: Solo por gracia mediante la fe en Cristo y su obra salvífica y no por algún mérito nuestro, somos aceptados por Dios y recibimos el Espíritu Santo que renueva nuestros corazones, capacitándonos y llamándonos a buenas obras» (DJ 15).

a) «Juntos confesamos que la gracia de Dios perdona el pecado del ser humano y, a la vez, lo libera del poder avasallador del pecado» (DJ 22). La justificación, por la que Dios «confiere el don de una nueva vida en Cristo» (DJ 22), es perdón de los pecados y hace justos. «Habiendo, pues, recibido de la fe nuestra justificación, estamos en paz con Dios» (Rom 5,1). Somos «llamados hijos de Dios, pues, lo somos» (1 Jn 3, 1). Somos verdadera e internamente renovados por la acción del Espíritu Santo, permaneciendo siempre dependientes de su acción en nosotros. «Por tanto, el que está en Cristo, es una nueva creación; paso lo viejo, todo es nuevo» (2 Cor. 5,17). En este sentido, los justificados no siguen siendo pecadores. Aun así nos engañamos si decimos que no tenemos pecado (1Jn 1: 8-10), cf. DJ 28). «Pues todos caemos muchas veces» (ST 3,2) «¿Quién se da cuenta de sus yerros? De las faltas ocultas límpiame» (Sal 19, 13).

Cuándo oramos solo podemos decir, como el recaudado de impuestos, «¡Oh Dios! ¡Ten compasión de mí, que soy un pecador!» (Lc 18,13). Esto es expresado de diversas maneras en nuestras liturgias. Juntos escuchamos la exhortación «no reine, pues, el pecado en vuestro cuerpo mortal de modo que obedezcáis a sus apetencias» (Rom 6, 12). Lo que nos recuerda es el peligro continuo que viene del poder del pecado y su acción en los cristianos. En este sentido, Católicos y Luteranos juntos pueden comprender al cristiano como simul justus et peccator, a pesar de sus diferentes aproximaciones a este argumento tal como es expresado en DJ 29-30.

b) El concepto de «concupiscencia» es usado por Católicos y Luteranos con sentidos diferentes. En los escritos confesionales luteranos, la concupiscencia es entendida como el deseo egoísta de los seres humanos que a la luz de la Ley, espiritualmente entendida, es visto como pecado. En la comprensión católica, la concupiscencia es una inclinación que permanece en los seres humanos aún después del bautismo, que viene del pecado y conduce a él. A pesar de las diferencias aquí incluidas, desde la perspectiva luterana se puede reconocer que el deseo puede llegar a ser la abertura por la que el pecado ataca. Debido al poder del pecado, el entero género humano sobrelleva la tendencia a oponerse a Dios. Esta tendencia, de acuerdo con las concepciones católica y luterana, «no corresponde al designio inicial de Dios para la humanidad» (DJ 30). El pecado tiene un carácter personal y, en cuanto tal, conlleva a la separación de Dios. Es el deseo egoísta del hombre viejo y la falta de confianza y amor hacia Dios. La realidad de la salvación en el bautismo y el peligro que viene del poder del pecado pueden ser expresados de tal manera que, de un lado, se enfatice el perdón de los pecados y la renovación de la humanidad en Cristo por el bautizado y, de otra parte, puede ser visto que los justificados «están expuestos, también constantemente, al poder del pecado y a sus ataques apremiantes (cf. Rom 6, 12-14), y no están eximidos de luchar durante toda su vida contra la oposición a Dios (…)» (DJ 28).

c) La justificación tiene lugar «solo por gracia» (DJ 15 y 16), por la sola fe; la persona es justificada «sin las obras» (Rom 3, 28, cf. DJ 25). «La gracia crea la fe no solo cuando la fe comienza en una persona, sino hasta cuando esta fe termina» (Tomás de Aquino, S.Th II/II 4, 4 ad 3). La obra de la gracia de Dios no excluye la acción humana: Dios obra todo, la voluntad y la realización, por eso estamos llamados a esforzarnos (cf. Fil 2, 12 ss). «Desde el momento en que el Espíritu Santo ha iniciado su obra de regeneración y renovación en nosotros, mediante la Palabra y los santos sacramentos, es seguro que podemos y debemos cooperar por el poder del Espíritu Santo…» (Fórmula de Acuerdo, FC SD II, 64s; BSKL 897, 37 ss).

d) La gracia como fraternidad de los justificados con Dios en la fe, esperanza y caridad es siempre recibida de la obra creadora y salvífica de Dios (cf. DJ 27). Pero es todavía responsabilidad de los justificados no echar a perder la gracia que vive en ellos. La exhortación a hacer buenas obras es una exhortación a practicar la fe (cf. BSLK 197,45). Las buenas obras de los justificados «deben hacerse para confirmar su llamada, esto es, para que no abandonen su llamado al pecar de nuevo» (Apol. XX, 13, BSLK 316, 18-24); referido a 2Pe 1, 10; cf. También FC SD IV, 33; BSLK 948, 9-23). En este sentido, Luteranos y Católicos pueden entender juntos lo que se ha dicho acerca de «preservar la gracia» en DJ 38 y 39. Ciertamente, «todo lo que en el ser humano antecede o sucede al libre don de la fe no es motivo de justificación ni la obtiene» (DJ 25).

e) Por la justificación somos incondicionalmente llevados a la comunión con Dios. Esto incluye la promesa de la vida eterna: «Porque si nos hemos hecho una misma cosa con él por una muerte semejante a la suya, también lo seremos por una resurrección semejante» (Rom 6, 5; cf. Jn 3, 36; Rom 8, 17). En el juicio final, los justificados serán juzgados también por sus obras (cf. Mt 16, 27; 25, 31-46; Rom 2, 16; 14, 12; 1Cor 3, 8; 2 Cor 5, 10, etc). Enfrentamos un juicio en el que la sentencia misericordiosa de Dios aprobará todo lo que en nuestra vida y obras corresponda a su voluntad. De todas formas, todo lo que en nuestra vida es injusto será descubierto y no entrará en la vida eterna. La Fórmula de Acuerdo también declara: «Es expreso mandato y voluntad divina qe los creyentes realicen las buenas obras que el Espíritu Santo obra en ellos, y Dios está dispuesto a alegrarse con ellos por Cristo y promete recompensarlos gloriosamente en esta vida y en la vida futura» (FC SD IV, 38). Toda recompensa es una recompensa de gracia, que no podemos reclamar.

3) La doctrina de la justificación es medida o criterio para la fe cristiana. Ninguna enseñanza puede contradecir este criterio. En este sentido, la doctrina de la justificación es «un criterio indispensable que sirve constantemente para orientar hacia Cristo el magisterio y la práctica de nuestras Iglesias» (DJ 18). Como tal, tiene su verdad y significado específico al interno del entero contexto de la confesión fundamental de la fe trinitaria de la Iglesia. «Compartimos la meta de confesar a Cristo en quien debemos creer primordialmente por ser el solo mediador» (1 Tim 2,5-6) a través de quien Dios se da a sí mismo en el Espíritu Santo y pródiga sus dones renovadores» (DJ 18). 4) La Respuesta de la Iglesia Católica no pretende poner en cuestión la autoridad de los Sínodos Luteranos o de la Federación Luterana Mundial. La Iglesia Católica y la Federación Luterana Mundial iniciaron el diálogo y lo han llevado a cabo como partes con iguales derechos («par cum part»). No obstante las diferentes concepciones acerca de la autoridad en la Iglesia, cada parte respeta el proceso propio de la otra para alcanzar las decisiones doctrinales.

———- DECLARACION ———-
«DECLARACIÓN CONJUNTA SOBRE LA DOCTRINA DE LA JUSTIFICACIÓN IGLESIA CATÓLICA ROMANA – IGLESIAS DE LA TRADICIÓN LUTERANA»

Preámbulo

1. La doctrina de la justificación tuvo una importancia capital para la reforma luterana del siglo XVI. De hecho, sería el «artículo primero y principal» (1), a la vez, «rector y juez de las demás doctrinas cristianas» (2). La versión de entonces fue sostenida y defendida en particular por su singular apreciación contra la teología y la Iglesia católica romana de la época que, a su vez, sostenían y defendían una doctrina de la justificación de otra índole. Desde la perspectiva de la Reforma, la justificación era la raíz de todos los conflictos, y tanto en las Confesiones luteranas (3) como en el Concilio de Trento de la Iglesia Católica Romana, hubo condenas de una y otras doctrinas. Estas últimas siguen vigentes, provocando divisiones dentro de la Iglesia.

2. Para la tradición luterana, la doctrina de la justificación conserva esa condición particular. De ahí que desde el principio, ocupara un lugar preponderante en el diálogo oficial luterano – católico romano.

3. Al respecto, les remitimos a los informes E1 Evangelio y la Iglesia (1972) (4) y Iglesia y justificación (1994) (5) de la Comisión luterano-católico romana; Justificación por Fe (1983) (6) del Diálogo luterano-católico romano de los EE.UU. y Las Condenaciones de la Era de la Reforma ¿Aún dividen? (1986) (7) del Grupo de trabajo ecuménico de teólogos protestantes y católicos de Alemania. Las iglesias han acogido oficialmente algunos de estos informes de los diálogos; ejemplo importante de esta acogida es la respuesta vinculante que en 1994 dio la Iglesia Evangélica Unida de Alemania al estudio Condenaciones al más alto nivel posible de reconocimiento eclesiástico, junto con las demás iglesias de la Iglesia Evangélica de Alemania (8).

4. Respecto a los debates sobre la doctrina de la justificación, tanto los enfoques y conclusiones de los informes de los diálogos como las respuestas trasuntan un alto grado de acuerdo. Por lo tanto, ha llegado la hora de hacer acopio de los resultados de los diálogos sobre esta doctrina y resumirlos para informar a nuestras iglesias acerca de los mismos a efectos de que puedan tomar las consiguientes decisiones vinculantes.

5. Una de las finalidades de la presente Declaración conjunta es demostrar que a partir de este diálogo, las iglesias luteranas y católica romana (9) se encuentran en posición de articular una interpretación común de nuestra justificación por la gracia de Dios mediante la fe en Cristo. Cabe señalar que no engloba todo lo que una y otra iglesia enseñan acerca de la justificación, limitándose a recoger el consenso sobre las verdades básicas de dicha doctrina y demostrando que las diferencias subsistentes en cuanto a su explicación, ya no dan lugar a condenas doctrinales.

6. Nuestra declaración no es un planteamiento nuevo e independiente de los informes de los diálogos y demás documentos publicados hasta la fecha; tampoco los sustituye, más bien, tal como lo demuestra la lista de fuentes que figura en anexo, se nutre de los mismos y de los argumentos expuestos en ellos.

7. Al igual que los diálogos en sí, la presente Declaración conjunta se funda en la convicción de que al superar las cuestiones controvertidas y las condenas doctrinales de otrora, las iglesias no toman estas últimas a la ligera y reniegan su propio pasado. Por el contrario, la declaración está impregnada de la convicción de que en sus respectivas historias, nuestras iglesias han llegado a nuevos puntos de vista. Hubo hechos que no solo abrieron el camino sino que también exigieron que las iglesias examinaran con nuevos ojos aquellas condenas y cuestiones que eran fuente de división.

I. El mensaje bíblico de la justificación

8. Nuestra escucha común de la palabra de Dios en las Escrituras ha dado lugar a nuevos enfoques. Juntos oímos lo que dice el evangelio: «De tal manera amó Dios al mundo, que ha dado a su Hijo unigénito para que todo aquel que en él cree no se pierda sino que tenga vida eterna» (San Juan 3:16). Esta buena nueva se plantea de diversas maneras en las Sagradas Escrituras. En el Antiguo Testamento escuchamos la palabra de Dios acerca del pecado (Sal 51:1-5; Dn 9:5 y ss; Ec 8:9 y ss; Esd 9:6 y ss) y la desobediencia humana (Gn 3:1-19 y Neh 9:16-26), así como la «justicia» (Is 46:13; 51:5-8; 56:1; cf 53:11; Jer 9:24) y el «juicio» de Dios (Ec 12:14; Sal 9:5 y ss; y 76:7-9).

9. En el Nuevo Testamento se alude de diversas maneras a la «justicia» y a la «justificación» en los escritos de San Mateo (5:10; 6:33 y 21:32), San Juan (16:8-11); Hebreos (5:1-3 y 10:37-38), y Santiago (2:14-26) (10). En las epístolas de San Pablo también se describe de varias maneras el don de la salvación, entre ellas: «Estad pues, firmes en la libertad con que Cristo nos hizo libres» (Ga 5:1-13, cf. Ro 6:7); «Y todo esto proviene de Dios que nos reconcilió consigo mismo» (2 Co 5:18-21, cf Ro 5:11); «tenemos paz para con Dios» (Ro 5: l); «nueva criatura es» (2 Co 5:17); «vivos para Dios en Cristo Jesús» (Ro 6:11-23) y «santificados en Cristo Jesús» (1 Co 1:2 y 1:31; 2 Co 1: l). A la cabeza de todas ellas está la «justificación» del pecado de los seres humanos por la gracia de Dios por medio de la fe (Ro 3:23-25), que cobró singular relevancia en el período de la Reforma.

10. San Pablo asevera que el evangelio es poder de Dios para la salvación de quien ha sucumbido al pecado; mensaje que proclama que «la justicia de Dios se revela por fe y para fe» (Ro 1:16-17) y ello concede la «justificación» (Ro 3:21-31). Proclama a Jesucristo «nuestra justificación» (1 Co 1:30) atribuyendo al Señor resucitado lo que Jeremías proclama de Dios mismo (23:6). En la muerte y resurrección de Cristo están arraigadas todas las dimensiones de su labor redentora porque él es «Señor nuestro, el cual fue entregado por nuestras transgresiones, y resucitado para nuestra justificación» (Ro 4:25). Todo ser humano tiene necesidad de la justicia de Dios «por cuanto todos pecaron y están destituidos de la gloria de Dios» (Ro 1: 18; 2;23-3:22; 1 1:32 y Gá 3:1 l). En las epístolas de San Pablo, la justicia de Dios es también poder para aquellos que tienen fe (Ro 1: 17 y 2 Co 5:2 l). Él hace de Cristo justicia de Dios para el creyente (2 Co 5:2 l). La justificación nos llega a través de Cristo Jesús «a quien Dios puso como propiciación por medio de la fe en su sangre» (Ro 3:2, véase 3:21-28). «Porque por gracia sois salvos por medio de la fe; y esto no de vosotros, pues es don de Dios. No por obras…» (Ef 2:8-9).

11. La justificación es perdón de los pecados (cf. Ro 3:23-25; Hechos 13:39 y San Lucas 18:14), liberación del dominio del pecado y la muerte (Ro 5:12-21) y de la maldición de la ley (Gá 3:10-14) y aceptación de la comunión con Dios: ya pero no todavía plenamente en el reino de Dios a venir (Ro 5:12). Ella nos une a Cristo, a su muerte y resurrección (Ro 6:5). Se opera cuando acogemos al Espíritu Santo en el bautismo, incorporándonos al cuerpo que es uno (Ro 8:1-2 y 9:1 1 -5 y 1 Co 12; 12-13). Todo ello proviene solo de Dios, por la gloria de Cristo y por gracia mediante la fe en «el evangelio del Hijo de Dios» (Ro 1:1-3).

12. Los justos viven por la fe que dimana de la palabra de Cristo (Ro 10: 17) y que obra por el amor (Gá 5:6), que es fruto del Espíritu (Gá 5:22) pero como los justos son asediados desde dentro y desde fuera por poderes y deseos (Ro 8:3 5 -3 9 y Gá 5:16-2 1) y sucumben al pecado (1 Jn 1: 8 y 1 0) deben escuchar una y otra vez las promesas de Dios y confesar sus pecados(1 Jn 1:9), participar en el cuerpo y la sangre de Cristo y ser exhortados a vivir con justicia, conforme a la voluntad de Dios. De ahí que el Apóstol diga a los justos: «… ocupaos en vuestra salvación con temor y temblor, porque Dios es quien en vosotros produce así el querer como el hacer, por su buena voluntad» (Flp 2:12-13). Pero ello no invalida la buena nueva: «Ahora, pues, ninguna condenación hay para los que están en Cristo Jesús» (Ro 8:I) y en quienes Cristo vive (Gá 2:20). Por la justicia de Cristo «vino a todos los hombres la justificación que produce vida» (Ro 5:18).}

II. La doctrina de la justificación en cuanto problema ecuménico

13. En el siglo XVI, las divergencias en cuanto a la interpretación y aplicación del mensaje bíblico de la justificación no solo fueron la causa principal de la división de la iglesia occidental, también dieron lugar a las condenas doctrinales. Por lo tanto, una interpretación común de la justificación es indispensable para acabar con esa división. Mediante el enfoque apropiado de estudios bíblicos recientes y recurriendo a métodos modernos de investigación sobre la historia de la teología y los dogmas, el diálogo ecuménico entablado después del Concilio Vaticano II ha permitido llegar a una convergencia notable respecto a la justificación, cuyo fruto es la presente declaración conjunta que recoge el consenso sobre los planteamientos básicos de la doctrina de la justificación. A la luz de dicho consenso, las respectivas condenas doctrinales del siglo XVI ya no se aplican a los interlocutores de nuestros días.

III. La interpretación común de la justificación

14. Las iglesias luterana y católica romana han escuchado juntas la buena nueva proclamada en las Sagradas Escrituras. Esta escucha común, junto con las conversaciones teológicas mantenidas en estos últimos años, forjaron una interpretación de la justificación que ambas comparten. Dicha interpretación engloba un consenso sobre los planteamientos básicos que, aun cuando difieran, las explicaciones de las respectivas declaraciones no contradicen.

15. En la fe, juntos tenemos la convicción de que la justificación es obra del Dios Trino. El Padre envió a su Hijo al mundo para salvar a los pecadores. Fundamento y postulado de la justificación es la Encarnación, Muerte y Resurrección de Cristo. Por lo tanto, la justificación significa que Cristo es justicia nuestra, en la cual compartimos mediante el Espíritu Santo, conforme con la voluntad del Padre. Juntos confesamos: «Solo por gracia mediante la fe en Cristo y su obra salvífica y no por algún mérito nuestro, somos aceptados por Dios y recibimos el Espíritu Santo que renueva nuestros corazones, capacitándonos y llamándonos a buenas obras» (11).

16. Todos los seres humanos somos llamados por Dios a la salvación en Cristo. Solo a través de El somos justificados cuando recibimos esta salvación en fe. La fe es en sí don de Dios mediante el Espíritu Santo que opera en palabra y sacramento en la comunidad de creyentes y que, a la vez, los conduce a la renovación de su vida que Dios habrá de consumar en la vida eterna.

17. También compartimos la convicción de que el mensaje de la justificación nos orienta sobre todo hacia el corazón del testimonio del Nuevo Testamento sobre la acción redentora de Dios en Cristo: Nos dice que en cuanto pecadores nuestra nueva vida obedece únicamente al perdón y la misericordia renovadora que de Dios imparte como un don y nosotros recibimos en la fe y nunca por mérito propio cualquiera que este sea.

18. Por consiguiente, la doctrina de la justificación que recoge y explica este mensaje es algo más que un elemento de la doctrina cristiana y establece un vínculo esencial entre todos los postulados de la fe que han de considerarse internamente relacionados entre sí. Constituye un criterio indispensable que sirve constantemente para orientar hacia Cristo el magisterio y la práctica de nuestras iglesias. Cuando los luteranos resaltan el significado sin parangón de este criterio, no niegan la interrelación y el significado de todos los postulados de la fe. Cuando los católicos se ven ligados por varios criterios, tampoco niegan la función peculiar del mensaje de la justificación. Luteranos y católicos compartimos la meta de confesar a Cristo en quien debemos creer primordialmente por ser el solo mediador (1 Ti 2:5-6) a través de quien Dios se da a sí mismo en el Espíritu Santo y prodiga sus dones renovadores.

IV. Explicación de la interpretación común de la justificación

IV-1. La impotencia y el pecado humanos respecto a la justificación

19. Juntos confesamos que en lo que atañe a su salvación, el ser humano depende enteramente de la gracia redentora de Dios. La libertad de la cual dispone respecto a las personas y las cosas de este mundo no es tal respecto a la salvación porque por ser pecador depende del juicio de Dios y es incapaz de volverse hacia él en busca de redención, de merecer su justificación ante Dios o de acceder a la salvación por sus propios medios. La justificación es obra de la sola gracia de Dios. Puesto que católicos y luteranos lo confesamos juntos, es válido decir que:

20. Cuando los católicos afirman que el ser humano «coopera», aceptando la acción justificadora de Dios, consideran que esa aceptación personal es en sí un fruto de la gracia y no una acción que dimana de la innata capacidad humana.

21. Según la enseñanza luterana, el ser humano es incapaz de contribuir a su salvación porque en cuanto pecador se opone activamente a Dios y a su acción redentora. Los luteranos no niegan que una persona pueda rechazar la obra de la gracia, pero aseveran que solo puede recibir la justificación pasivamente, lo que excluye toda posibilidad de contribuir a la propia justificación sin negar que el creyente participa plena y personalmente en su fe, que se realiza por la Palabra de Dios.

IV.2. La justificación en cuanto perdón del pecado y fuente de justicia

22. Juntos confesamos que la gracia de Dios perdona el pecado del ser humano y a la vez, lo libera del poder avasallador del pecado, confiriéndole el don de una nueva vida en Cristo. Cuando los seres humanos comparten en Cristo por fe, Dios ya no les imputa sus pecados y mediante el Espíritu Santo les transmite un amor activo. Estos dos elementos del obrar de la gracia de Dios no han de separarse porque los seres humanos están unidos por la fe en Cristo que personifica nuestra justificación (1 Co 1:30): perdón del pecado y presencia redentora de Dios.

Puesto que católicos y luteranos lo confesamos juntos, es válido decir que:

23. Cuando los luteranos ponen el énfasis en que la justicia de Cristo es justicia nuestra, por ello entienden insistir sobre todo en que la justicia ante Dios en Cristo le es garantizada al pecador mediante la declaración de perdón y tan solo en la unión con Cristo su vida es renovada. Cuando subrayan que la gracia de Dios es amor redentor («el favor de Dios») (12) no por ello niegan la renovación de la vida del cristiano. Más bien quieren decir que la justificación está exenta de la cooperación humana y no depende de los efectos renovadores de vida que surte la gracia en el ser humano.

24. Cuando los católicos hacen hincapié en la renovación de la persona desde dentro al aceptar la gracia impartida al creyente como un don (13), quieren insistir en que la gracia del perdón de Dios siempre conlleva un don de vida nueva que en el Espíritu Santo, se convierte en verdadero amor activo. Por lo tanto, no niegan que el don de la gracia de Dios en la justificación sea independiente de la cooperación humana.

IV.3. Justificación por fe y por gracia

25. Juntos confesamos que el pecador es justificado por la fe en la acción salvífica de Dios en Cristo. Por obra del Espíritu Santo en el bautismo, se le concede el don de salvación que sienta las bases de la vida cristiana en su conjunto. Confían en la promesa de la gracia divina por la fe justificadora que es esperanza en Dios y amor por él. Dicha fe es activa en el amor y, entonces, el cristiano no puede ni debe quedarse sin obras, pero todo lo que en el ser humano antecede o sucede al libre don de la fe no es motivo de justificación ni la merece.

26. Según la interpretación luterana, el pecador es justificado sólo por la fe (sola fide). Por fe pone su plena confianza en el Creador y Redentor con quien vive en comunión. Dios mismo insufla esa fe, generando tal confianza en su palabra creativa. Porque la obra de Dios es una nueva creación, incide en todas las dimensiones del ser humano, conduciéndolo a una vida de amor y esperanza. En la doctrina de la «justificación por la sola fe» se hace una distinción, entre la justificación propiamente dicha y la renovación de la vida que forzosamente proviene de la justificación, sin la cual no existe la fe, pero ella no significa que se separen una y otra. Por consiguiente, se da el fundamento de la renovación de la vida que proviene del amor que Dios otorga al ser humano en la justificación. Justificación y renovación son una en Cristo quien está presente en la fe.

27. En la interpretación católica también se considera que la fe es fundamental en la justificación. Porque sin fe no puede haber justificación. El ser humano es justificado mediante el bautismo en cuanto oyente y creyente de la palabra. La justificación del pecador es perdón de los pecados y volverse justo por la gracia justificadora que nos hace hijos de Dios. En la justificación, el justo recibe de Cristo la fe, la esperanza y el amor, que lo incorporan a la comunión con él (14). Esta nueva relación personal con Dios se funda totalmente en la gracia y depende constantemente de la obra salvífica y creativa de Dios misericordioso que es fiel a sí mismo para que se pueda confiar en él. De ahí que la gracia justificadora no sea nunca una posesión humana a la que se pueda apelar ante Dios. La enseñanza católica pone el énfasis en la renovación de la vida por la gracia justificadora; esta renovación en la fe, la esperanza y el amor siempre depende de la gracia insondable de Dios y no contribuye en nada a la justificación de la cual se podría hacer alarde ante El (Ro 3:27).

IV.4. El pecador justificado

28. Juntos confesamos que en el bautismo, el Espíritu Santo nos hace uno en Cristo, justifica y renueva verdaderamente al ser humano, pero el justificado, a lo largo de toda su vida, debe acudir constantemente a la gracia incondicional y justificadora de Dios. Por estar expuesto, también constantemente al poder del pecado y a sus ataques apremiantes (cf Ro 6:12-14), el ser humano no está eximido de luchar durante toda su vida con la oposición a Dios y la codicia egoísta del viejo Adán (cf Gá 5:16 y Ro 7:7-10). Asimismo, el justificado debe pedir perdón a Dios todos los días, como en el Padrenuestro (Mt 6:12 y 1 Jn 1:9), y es llamado incesantemente a la conversión y la penitencia, y perdonando una y otra vez.

29. Los luteranos entienden que ser cristiano es ser «al mismo tiempo justo y pecador». El creyente es plenamente justo porque Dios le perdona sus pecados mediante la Palabra y el Sacramento, y le concede la justicia deCristo que él hace suya en la fe. En Cristo, el creyente se vuelve justo ante Dios pero viéndose a sí mismo, reconoce que también sigue siendo totalmente pecador; el pecado sigue viviendo en él (1 Jn 1:8 y Ro 7:17-20), porque se torna una y otra vez hacia falsos dioses y no ama a Dios con ese amor íntegro que debería profesar a su Creador (Dt 6:5 y Mt 22:36-40). Esta oposición a Dios es en sí un verdadero pecado pero su poder avasallador se quebranta por mérito de Cristo y ya no domina al cristiano porque es dominado por Cristo a quien el justificado está unido por la fe. En esta vida, entonces, el cristiano puede llevar una existencia medianamente justa. A pesar del pecado, el cristiano ya no está separado de Dios porque renace en el diario retorno al bautismo, y a quien ha renacido por el bautismo y el Espíritu Santo, se le perdona ese pecado. De ahí que el pecado ya no conduzca a la condenación y la muerte eterna (15). Por lo tanto, cuando los luteranos dicen que el justificado es también pecador y que su oposición a Dios es un pecado en sí, no niegan que, a pesar de ese pecado, no sean separados de Dios y que dicho pecado sea un pecado «dominado». En estas afirmaciones coinciden con los católicos romanos, a pesar de la diferencia de la interpretación del pecado en el justificado.

30. Los católicos mantienen que la gracia impartida por Jesucristo en el bautismo lava de todo aquello que es pecado «propiamente dicho» y que es pasible de «condenación» (Ro 8:1) (16). Pero de todos modos, en el ser humano queda una propensión (concupiscencia) que proviene del pecado y compele al pecado. Dado que según la convicción católica, el pecado siempre entraña un elemento personal y dado que este elemento no interviene en dicha propensión, los católicos no la consideran pecado propiamente dicho. Por lo tanto, no niegan que esta propensión no corresponda al designio inicial de Dios para la humanidad ni que esté en contradicción con El y sea un enemigo que hay que combatir a lo largo de toda la vida. Agradecidos por la redención en Cristo, subrayan que esta propensión que se opone a Dios no merece el castigo de la muerte eterna (17) ni aparta de Dios al justificado. Ahora bien, una vez que el ser humano se aparta de Dios por voluntad propia, no basta con que vuelva a observar los mandamientos ya que debe recibir perdón y paz en el Sacramento de la Reconciliación mediante la palabra de perdón que le es dado en virtud de la labor reconciliadora de Dios en Cristo.

IV.5. Ley y evangelio

31. Juntos confesamos que el ser humano es justificado por la fe en el evangelio «sin las obras de la Ley» (Ro 3:28). Cristo cumplió con ella y, por su muerte y resurrección, la superó en cuanto medio de salvación. Asimismo, confesamos que los mandamientos de Dios conservan toda su validez para el justificado y que Cristo, mediante su magisterio y ejemplo, expresó la voluntad de Dios que también es norma de conducta para el justificado.

32. Los luteranos declaran que para comprender la justificación es preciso hacer una distinción y establecer un orden entre ley y evangelio. En teología, ley significa demanda y acusación. Por ser pecadores, a lo largo de la vida de todos los seres humanos, cristianos incluidos, pesa esta acusación que revela su pecado para que mediante la fe en el evangelio se encomienden sin reservas a la misericordia de Dios en Cristo que es la única que los justifica.

33. Puesto que la ley en cuanto medio de salvación fue cumplida y superada a través del evangelio, los católicos pueden decir que Cristo no es un «legislador» como lo fue Moisés. Cuando los católicos hacen hincapié en que el justo está obligado a observar los mandamientos de Dios, no por ello niegan que mediante Jesucristo, Dios ha prometido misericordiosamente a sus hijos, la gracia de la vida eterna (18).

IV.6. Certeza de salvación

34. Juntos confesamos que el creyente puede confiar en la misericordia y las promesas de Dios. A pesar de su propia flaqueza y de las múltiples amenazas que acechan su fe, en virtud de la muerte y resurrección de Cristo puede edificar a partir de la promesa efectiva de la gracia de Dios en la Palabra y el Sacramento y estar seguros de esa gracia.

35. Los reformadores pusieron un énfasis particular en ello: En medio de la tentación, el creyente no debería mirarse a sí mismo sino contemplar únicamente a Cristo y confiar tan solo en él. Al confiar en la promesa de Dios tiene la certeza de su salvación que nunca tendrá mirándose a sí mismo.

36. Los católicos pueden compartir la preocupación de los reformadores por arraigar la fe en la realidad objetiva de la promesa de Cristo, prescindiendo de la propia experiencia y confiando solo en la palabra de perdón de Cristo (cf Mt 16:19 y 18: 18). Con el Concilio Vaticano II, los católicos declaran: Tener fe es encomendarse plenamente a Dios (19) que nos libera de la oscuridad del pecado y la muerte y nos despierta a la vida eterna (20). Al respecto, cabe señalar que no se puede creer en Dios y, a la vez, considerar que la divina promesa es indigna de confianza. Nadie puede dudar de la misericordia de Dios ni del mérito de Cristo. No obstante, todo ser humano puede interrogarse acerca de su salvación, al constatar sus flaquezas e imperfecciones. Ahora bien, reconociendo sus propios defectos, puede tener la certeza de que Dios ha previsto su salvación.

IV.7. Las buenas obras del justificado

37. Juntos confesamos que las buenas obras, una vida cristiana de fe, esperanza y amor, surgen después de la justificación y son fruto de ella. Cuando el justificado vive en Cristo y actúa en la gracia que le fue concedida, en términos bíblicos, produce buen fruto. Dado que el cristiano lucha contra el pecado toda su vida, esta consecuencia de la justificación también es para él un deber que debe cumplir. Por consiguiente, tanto Jesús como los escritos apostólicos amonestan al cristiano a producir las obras del amor.

38. Según la interpretación católica, las buenas obras, posibilitadas por obra y gracia del Espíritu Santo, contribuyen a crecer en gracia para que la justicia de Dios sea preservada y se ahonde la comunión en Cristo. Cuando los católicos afirman el carácter «meritorio» de las buenas obras, por ello entienden que, conforme al testimonio bíblico, se les promete una recompensa en el cielo. Su intención no es cuestionar la índole de esas obras en cuanto don, ni mucho menos negar que la justificación siempre es un don inmerecido de la gracia, sino poner el énfasis en la responsabilidad del ser humano por sus actos.

39. Los luteranos también sustentan el concepto de preservar la gracia y de crecer en gracia y fe, haciendo hincapié en que la justicia en cuanto ser aceptado por Dios y compartir la justicia de Cristo es siempre completa. Asimismo, declaran que puede haber crecimiento por su incidencia en la vida cristiana. Cuando consideran que las buenas obras del cristiano son frutos y señales de la justificación y no de los propios «méritos», también entienden por ello que, conforme al Nuevo Testamento, la vida eterna es una «recompensa» inmerecida en el sentido del cumplimiento de la promesa de Dios al creyente.

V. Significado y alcance del consenso logrado

40. La interpretación de la doctrina de la justificación expuesta en la presente declaración demuestra que entre luteranos y católicos hay consenso respecto a los postulados fundamentales de dicha doctrina. A la luz de este consenso, las diferencias restantes de lenguaje, elaboración teológica y énfasis, descritas en los párrafos 18 a 39, son aceptables. Por lo tanto, las diferencias de las explicaciones luterana y católica de la justificación están abiertas unas a otras y no desbaratan el consenso relativo a los postulados fundamentales.

41. De ahí que las condenas doctrinales del siglo XVI, por lo menos en lo que atañe a la doctrina de la justificación, se vean con nuevos ojos: Las condenas del Concilio de Trento no se aplican al magisterio de las iglesias luteranas expuesto en la presente declaración y, las condenas de las Confesiones Luteranas, no se aplican al magisterio de la Iglesia Católica Romana, expuesto en la presente declaración.

42. Ello no quita seriedad alguna a las condenas relativas a la doctrina de la justificación. Algunas distaban de ser simples futilidades y siguen siendo para nosotros «advertencias saludables» a las cuales debemos atenderen nuestro magisterio y práctica (21).

43. Nuestro consenso respecto a los postulados fundamentales de la doctrina de la justificación debe llegar a influir en la vida y el magisterio de nuestras iglesias. Allí se comprobará. Al respecto, subsisten cuestiones de mayor o menor importancia que requieren ulterior aclaración, entre ellas, temas tales como: La relación entre la Palabra de Dios y la doctrina de la iglesia, eclesiología, autoridad en la iglesia, ministerio, los sacramentos y la relación entre justificación y ética social. Estamos convencidos de que el consenso que hemos alcanzado sienta sólidas bases para esta aclaración. Las iglesias luteranas y la Iglesia Católica Romana seguirán bregando juntas por profundizar esta interpretación común de la justificación y hacerla fructificar en la vida y el magisterio de las iglesias.

44. Damos gracias al Señor por este paso decisivo en el camino de superar la división de la iglesia. Pedimos al Espíritu Santo que nos siga conduciendo hacia esa unidad visible que es voluntad de Cristo.

 

Notas: 1 Artículos de Esmalcalda, II: 1; Libro de Concordia, p.292. 2 «Rector et judex super omnia genera doctrinarum» [«Rector y juez sobre todo género de doctrinas», en latín en el original] Edición de Weimar de las Obras de Lutero, 39: 1, p.205. 3 Cabe señalar que las confesiones vinculantes de algunas iglesias luteranas solo abarcan la Confesión de Augsburgo y el Catecismo menor de Lutero, textos que no contienen condenas acerca de la justificación en relación con la Iglesia Católica Romana. 4 Informe de la Comisión Conjunta de Estudio Luterano – Católico Romana, publicado en MEYER, Harding y VISCHER, Lukas (ed.) Growth in Agreement. Reports and Agreed Stalements of Ecumenical Conversations on a World Level [Crecer en acuerdo. Informes y Declaraciones de Acuerdos de Conversaciones Ecuménicas a nivel Mundial] New York, Paulist Press, 1984, pp. 168-189. 5 Federación Luterana Mundial Church and Justification [Iglesia y Justificación] Ginebra, LWF, 1994. 6 Luteranos y Católicos en Diálogo VII, Justification by Faith [Justificación por fe], Minneápolis, Fortress Press, 1985. 7 LEHMANN, Karl y PANNENBERG, Wolhart (eds.) Condenations of the Reformation Era. Do They Still Divide? [Condenaciones de la Era de la Reforma. ¿Aún dividen?] Minneápolis, Fortress Press, 1990. 8 Declaración de la Conferencia de Arnoldshainer de la Confederación de Iglesias y del Comité Nacional Alemán de la Federación Luterana Mundial sobre el documento «Condenaciones de la Era de la Reforma ¿Aún dividen?» en Ökumenische Rundschau 44 (1995), pp.99ss, incluyendo los artículos con laposición que subyace en esta resolución. Cf Lehrverurteilungen im Gespräch. Die ersten offiziellen Stellungnahmen aus den evangelischen Kirche in Deutschland [Condena-ciones de la Era de la Reforma ¿Aún dividen? La primera declaración oficial de la Iglesia Evangélica de Alemania] Göttingen Vanden-hoeck & Ruprecht, 1993. 9 En la presente declaración, la palabra «iglesia» se utiliza para reflejar las propias interpretaciones de las iglesias participantes sin que se pretenda resolver ninguna de las cuestiones eclesiológicas relativas a dicho término. 10 Cf «Informe de Malta», párrafos 26-30; Justification…, Op. Cit., párrafos 122-147. A pedido del diálogo estadounidense sobre justificación, los textos no-paulinos del Nuevo Testamento fueron señalados en Justification in the New Testament [Justificación en el Nuevo Testamento] por John Reumann con respuestas de Joseph A. Fitzmayer y Jerome D. Quinn, Philadelphia – New York, 1982, pp. 124-180. Los resultados de estos estudios fueron resumidos en el informe Justification…, Op. Cit., en los párrafos 139-142. 11. «Todo bajo un Cristo», párrafo 14 en Meyer, H. y Vischer, L., Op. Cit., pp. 241-247. 12. Cf. Lutheran World 8, Nro. 100, p. 106, para la edición norteamericana ver vol.32, p.227 13. Cf. DENZINGER – SCHÖNMETZER Enchiridion Symbolorum, edición de 1528. 14. Cf. Ibidem, edición de 1530. 15. Cf. Apología II: 38-45; Libro de Concordia, pp, 105ss. 16. Cf. DENZINGER-SCHÖNMETZER, Op. Cit., edición de 1515. 17. Ibidem. 18. Cf. Ibidem, edición de 1545. 19. Cfr «Dei Verbum», Documento del Concilio Vaticano II, capítulo 5. 20. Cfr Ibidem, capítulo 4. 21. Lehmann, K. y Pannenberg, W (eds.), Op. Cit., p. 27.

 

La Reforma al otro lado

La Reforma al otro lado

Trento: un concilio de reforma intransigente

Hace 450 años clausuró la asamblea conciliar convocada como reacción a la Reforma protestante

Konzil von TrientConcilio de Trento (1545-1567)

Es el comienzo para la renovación de la Iglesia Católica, disparado en reacción a la Reforma. Produce cambios profundos dentro del campo católico; en cuestiones teológicas, sin embargo, los participantes del concilio se muestran absolutamente intransigentes.

Contemplándolo más de cerca, católicos y protestantes podrían considerarse hermanas gemelas. Históricamente, la iglesia católico-romana es mucho mayor; no obstante, en su forma actual nace en el siglo XVI, gestionada por el mismo proceso que las iglesias protestantes y reformadas. Lo que para estos últimos son los tesis de Lutero o los escritos de Calvino, para los romanos son las declaraciones del Concilio de Trento: el intento de reaccionar al mundo moderno, el ambiente el cual también ayudó a la propagación exitosa de la Reforma. Terminó luego de largas negociaciones el 4 de diciembre de 1563, en la catedral de Trento, pequeña ciudad en el norte de Italia.

Imposible continuar como antes

Ante todo es el rampante comercio con las indulgencias que desde los inicios es el blanco de la ira de Lutero. Los protestantes se niegan creer que fuera posible comprarse la impunidad del castigo en el purgatorio, tal como lo sostienen los predicadores de la indulgencia, y más cuando el alto clero abusa de este dinero para sus propios beneficios.

Muchas personas también critican la falta de ética profesional de los dignatarios eclesiásticos. Es  común que obispos nunca han pisado su diócesis o que párrocos jamás ingresaron en sus parroquias. Además, un número significativo de clericales muestra una espantosa ignorancia en temas religiosas. Este último punto constituye un causa principal para el éxito de los reformados.

Las exigencias al concilio no son fáciles de armonizar. Incluso Trento como sede es un compromiso entre emperador y papa: Carlos V. desea un lugar en territorio del Sacro Imperio Romano, el papa prefiere no alejarse mucho de la curia en Roma. Trento, en el sur de Tirol, responde a ambas condiciones. Pero cuando, temporalmente, se intensifica el conflicto permanente entre emperador y papa, el Concilio busca una residencia alternativa en Boloña, dentro de las fronteras de los Estados Pontífices.

A los delegados les cuesta mucho tiempo negociar los contenidos – ni el papa Pablo III., ni sus sucesores Julio III, y Marcelo II. viven para ver la terminación del Concilio. Una tras otra vez hay interrupciones que a veces tardan años. Sólo Pío IV. puede confirmar los resultados negociados en la Bula «Benedictus Dei» (Bendición de Dios).

Los protestantes están ausentes, a pesar de que Papa Pablo III. les garantiza libertad de expresión. Los católicos los consideran como herejes, pero no automáticamente como candidatos a la hoguera. Pero al asistir, en todo caso deberán someterse al fallo del Concilio. Ya en 1537, Martín Lutero ha declarado en los Artículos de Esmalcalda lo que, desde su punto de vista, no era negociable. Los protestantes no ven, pues, ninguna posibilidad de llegar a un acuerdo con los católicos.

La afirmación del cisma confesional

En efecto, las conclusiones del Concilio no indican ningún paso de reconciliación. Todo lo contrario. Los católicos confirman ampliamente y repetidas veces lo que separa a las confesiones. No la gracia de Dios por sí sola, como insisten los protestantes, es capaz de redimir al creyente. Los católicos pueden como antes aportar sus buenas obras a favor de la salvación de su alma. Las indulgencias continúan en vigencia.

Tampoco hay acuerdo con respecto a la interpretación de la revelación. Dios habla a los hombres no sólo por la Biblia, afirma el Concilio. También las decisiones de los concilios y las doctrinas expedidas por el papa tienen validez casi divina. Los protestantes, sin embargo, sólo quieren reconocer a las Sagradas Escrituras como fundamento de su fe.

Donde el Concilio sí llega a algo es en determinar reglas reformadas -tan contundentes que los históricos eclesiásticos hablan de una «era pos tridentina». El Concilio de Trento se constituye en punto de partida de la Contrarreforma.

  • La venta de las indulgencias es abolida.
  • Los sacerdotes deben recibir educación ministerial mediante especialmente destinados seminarios.
  • Los obispos y párrocos deben tomar residencia en medio de sus comunidades para atender a las necesidades de los feligreses.

Tal vez la consecuencia más influyente de Trento llegará en la práctica: la educación catequética para los creyentes. Lo que el deseo de leer la Biblia en su idioma nativo provocó en el ámbito de la Reforma -la fundación de escuelas primarias religiosas-, para el catolicismo romano será el catequismo. Bajo liderazgo de la orden jesuita se abrirán miles de escuelas parroquiales.

Demasiado tarde para el norte

El cisma, empero, no se puede revertir por el Concilio de Trento; para eso, las confesiones nuevas ya están demasiado arraigadas en el norte de Europa. Incluso los historiadores católicos escriben: «El Concilio apenas llegó a tiempo para guardar a las regiones australes y romanas de caer en la desgracia protestante. Para los países nórdicos ya era tarde.»

Vientos de Reforma

Vientos de Reforma

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Cuando el barco iza las velas a tomar un viento favorable y cambiar el rumbo de navegación para llegar a un puerto seguro o a su destino marcado. A  la entrada de la edad moderna un viento llenó las velas para que se emprendiera el viaje por la búsqueda de lo desconocido y  afirmar lo que la conciencia dictaba, atravesando las grandes corrientes e inmensas olas que amenazan por destruir y encajar la veracidad del conocimiento de aquellos ideales. Hoy las disfrutamos, pero otras generaciones pagaron el precio según su voluntad les dictaba.

El Renacimiento abre las compuertas a la majestuosa represa del pensamiento, grandes descubrimientos e inventos que trastornaron al mundo. Donde lo sacro se creía estable se desmoronaba por la inmoralidad, la incompetencia de sus dirigentes y la desgarradora manipulación de la verdad. Ahora el ser humano es el centro de la existencia, nuevos horizontes  trazarían al humanismo un desarrollo a una nueva embarcación que pretende, como el Titanic, ser indestructible; la visión critica  de la sociedad y el avance del conocimiento estructurado en las trascendentes universidades alimentarían el gran huracán que embiste con fuerza al faro que alumbra con su luz religiosa un solo enfoque, surgiendo entre la niebla los renacentistas hombres que con su literatura observaron el amanecer de otro punto de vista declarando la utopía esperada.

Las embarcaciones asoman el hermoso stand en el arte, una gran gama de estructura y diseño que se exhibe hasta el día de hoy. Leonardo Da Vinci, Fiero, Miguel Ángel nos han dejado una galería en grandes museos que cuentan su historia, son el tesoro mas deseado por los coleccionistas y amantes de la historia, espléndidas catedrales que narran la huella de la tempestad llamada Renacimiento en una combinación entre lo nuevo y lo antiguo; marcadas en las brillantes cúpulas que exhiben el pincel y el desarrollo del arte, como la embarcación deja la huella en la transparencia de sus aguas y así fue el paso del arte.

Observar el horizonte…

 

 

 

SOLA SCRIPTURA

SOLA SCRIPTURA

 Solo por las Escrituras

¿Se imaginó alguna vez que todo lo que Dios quiso que nosotros supiéramos de Él lo iba a poner en palabras, usando el idioma y el lenguaje común a la época en la que se iba dando la revelación a los humanos?

Dios ha hablado y sigue hablando de muchas formas, los medios de comunicación que Dios usa para dar a conocer su propósito son frescos e innovadores; el Creador no se limita en la forma como se da a conocer a las personas que de una u otra manera necesitan saber sus planes. Cuando hablamos de revelación de Dios, tratamos de pensar en lo que Dios ha dado a conocer de Él mismo. Dios se revela: la manifestación de la divinidad en los cielos y en la tierra es una forma de revelación, pero no es fácil simplemente mirar y encontrar dónde está la divinidad. Hablamos de una revelación más específica, intima, personal y sobre todo entendible en los medios de conocimiento humano; y es en ese preciso instante que podemos ver que sí hay una forma de revelación que se ajusta a nuestra forma de aprender más de la divinidad: La Escritura.

No es fácil para el hombre moderno aceptar que un libro tan antiguo tiene esta categoría de revelación divina, pero no siempre fue así; existieron épocas en donde los documentos que eran reconocidos como mensajes divinos escritos por personajes especiales y con un halo de “unción de Dios” eran tratados con tanto cuidado y veneración que solo unos pocos con capacidades excepcionales tenían acceso a estas escrituras sagradas. Lo que hoy llamamos Biblia, Santas Escrituras o Sagradas Escrituras no siempre fue una biblioteca tan bien estructurada, tuvieron que pasar muchos siglos y muchas discusiones de eruditos para que lo que hoy conocemos como la Santa Biblia llegara a ser así.

Podemos entonces decir, que Dios se ha revelado en las Escrituras, y esta verdad tiene tanto poder para cambiar la forma de pensar sobre Dios, porque es allí, en la SOLA ESCRITURA donde podemos conocer El Plan Eterno del Dios Eterno, ya que progresivamente, a medida que el inclemente tiempo iba pasando, Dios iba mostrando el desenvolvimiento de Su propósito; es solo por medio de las Escrituras que los humanos podemos comprender que tan grande y poderoso es Dios para incrustar sus planes entre nosotros mismos. Dios nunca quiso, estoy seguro de ello, que las Escrituras quedaran vedadas solo para unos pocos, “expertos” en interpretarlas, y mucho menos que fueran puestas en grandes museos para solo ser admiradas por su forma, historia y construcción. No, Dios permitió que se pusieran por escrito todas sus maravillosas obras, para que todos y cada uno de los seres humanos que El creó, pudieran conocerle y relacionarse con Él.

Debido a la fuerza trasformadora que tiene la Palabra escrita de Dios en todos los momentos de la vida humana, la quisieron ocultar de la gente del común, entregando sus riquezas y tesoros inigualables a unos pocos que usando sus habilidades lingüísticas ocultaban las verdaderas intenciones de la siempre Viva Palabra de Dios, ya que por ser una Palabra Viva, es eficaz para iluminar los ojos del hombre perdido y sin destino, puede abrir los oídos del que no puede oír a Dios, limpia la mente y el corazón manchado por la suciedad del pecado humano. Solo la Escritura es suficiente para entender las dimensiones enormes del amor de Dios que excede a todo conocimiento meramente humano. Es gracias a la Escritura que podemos entender el plan eterno de Dios para redimir a toda la raza humana, haciéndose Dios mismo humano para mostrarnos el camino a “casa”. Solo la Escritura es capaz de revelar al hombre y la mujer que Dios siempre ha tenido una Buena Noticia que darnos, desde antes de la fundación del mundo, ya la Palabra hecha carne nos había reconciliado con el Creado. Solo la Escritura tiene el poder de mostrarnos el camino de la salvación y la eternidad que Dios ha puesto en nosotros para estar con Él.

El concepto de la Sola Scriptura es una dinámica libertadora para la interpretación de la revelación Divina. La Sola Scriptura sostiene que la Biblia es la autoridad máxima para la interpretación. La autoridad máxima no es la Iglesia, ni el estado y no depende de la interpretación individual, sino, la Biblia debe interpretar a la Biblia. La Palabra de Dios es su propio intérprete. Hay que interpretar la Palabra con la Palabra. La Biblia es la mejor y máxima intérprete de la Biblia.

Los reformadores estaban cansados con las manipulaciones de la interpretación bíblica por la iglesia tradicional y dijeron lo siguiente (Artículo 7 de la Confesión Belga ¨de 1561, escrito por el mártir Guido de Brés):

«Creemos que esta Santa Escritura contiene de un modo completo la voluntad de Dios, y que todo lo que el hombre está obligado a creer para ser salvo se enseña suficientemente en ella. Pues, ya que toda forma de culto que Dios exige de nosotros se halla allí extensamente descrita, así no les es permitido a los hombres, aunque incluso sean apóstoles, enseñar de otra manera que como ahora se nos enseña por la Sagrada Escritura; es más, ni, aunque fuera un ángel del cielo, como dice el apóstol Pablo (Gá 1:8). Porque, como está vedado añadir algo a la Palabra de Dios, o disminuir algo de ella (Dt 4:2; 12:32; 30:6; Ap 22:19), así de ahí se evidencia realmente, que su doctrina es perfectísima y completa en todas sus formas. Tampoco está permitido igualar los escritos de ningún hombre – a pesar de los santos que hayan sido – con las Divinas Escrituras, ni la costumbre con la verdad de Dios (pues la verdad está sobre todas las cosas), ni el gran número, antigüedad y sucesión de edades o de personas, ni los concilios, decretos o resoluciones; porque todos los hombres son de suyo mentirosos y más vanos que la misma vanidad. Por tanto, rechazamos de todo corazón todo lo que no concuerda con esta regla infalible, según nos enseñaron los apóstoles, diciendo: Probad los espíritus si son de Dios (1Jn 4:1). Asimismo: “Si alguno viene a vosotros, y no trae esta doctrina, no lo recibáis en casa.”

Entonces podemos sentirnos confiados que Solo Por la Escritura tenemos un medio maravillosamente efectivo para conocer a Dios y comprender su propósito para con cada uno de nosotros.

La Libertad cristiana según Lutero

La Libertad cristiana según Lutero

La libertad de un hombre cristiano

Esta obra de Lutero hace parte de la lista de Escritos Principales de la Reforma. En ella, el autor  habla claro porque tiene una teología clara. Absolutamente todo lo sustenta bíblicamente, ante todo desde las epístolas paulinas, pero no solo de manera textual sino mayormente temático.

Liberados del fracaso de la obediencia

La libertad anunciada por Lutero partiendo de su examen del Nuevo Testamento es exclusiva para aquellos que creen que por medio de Cristo recibieron justificación delante de Dios sin que primeramente tuvieron labrarse un derecho a ella mediante «buenas obras».  Bajo «buenas obras», Lutero entiende obras religiosas: tanto ejercicios de la piedad como, también, la conducta frente a los demás. Lutero comprende la libertad cristiana en primer lugar como una liberación de parte de Dios de todas las exigencias y presiones religiosas. Tomar conciencia plena de esta libertad, así fue la más profunda convicción de Lutero, transforma la actitud del ser humano cristiano no solo para con Dios, al que ahora puede enfrentarse con amor en lugar de con miedo, sino también para consigo mismo y los demás.

Para consigo mismo porque con todos sus fracasos inevitables frente a las demandas de otros -de por sí también legitimizados por Dios- el cristiano ya no se verá ni juzgado ni detenido por su fracasos: en este sentido Lutero habla de  la fe como confianza. Y la actitud frente a los demás es cambiada en cuanto el cristiano ya no tiene que degradarlos como objetos sobre los cuales ejecutar su piedad, por ejemplo como receptores de limosnas que sirven para demostrar la misericordia de uno.

La fe transforma el querer y el hacer

Solo los creyentes se encuentran habilitados a dejar de instrumentalizar otros seres humanos para fines de su propia bienaventuranza eterna (o de la autoimagen positiva), sino tener un encuentro con ellos, de forma que lleguen a visualizarse como personas de derechos  e intereses propios, con necesidades legítimas.

Lutero incluso va un paso más allá. Los creyentes no solo pueden hacerlo, también lo quieren hacer y lo hacen con toda su fuerza. En caso contrario, deben cuestionarse si realmente tienen fe. Porque la conciencia de la libertad cristiana tiene que tener tal efecto en la actitud del hombre cristiano que este renuncia a poner su bienestar personal como meta de su actuación. Ya sabe que ahora, gracias a la acción de Dios, no hay necesidad de eso. El objetivo es más bien el bienestar de otros, incluyendo a los «enemigos». Así que para Lutero, el amor -entendido tanto como amor al próximo como amor al enemigo- es la consecuencia de la fe en la justificación recibida. La fe, sencillamente, nos hace buenos.

Es una característica decisiva de la libertad cristiana que el hombre cristiano no tiene que orientarse de acuerdo a un catálogo de logros morales, sino que en cualquier situación dada juzgará por sí mismo lo que es lo correcto -lo más amoroso. Por ende, la libertad cristiana apunta a la autonomía y se manifiesta en la libertad de conciencia. Quiere decir que en una y misma situación dada, dos personas cristianas pueden proceder de formas distintas sin que uno de los dos -o ambos-  podrá ser cuestionado en su autoidentificación del ser cristiano. A menos que se trata de una transgresión del mandamiento del amor. Si esto fuera el caso o no, casi siempre solo lo puede juzgar el individuo mismo, ya que, como Lutero lo dice «a nadie se le puede mirar dentro del corazón».

La libertad cristiana según Lutero: su significado

Lutero extrae del texto una perspectiva triple sobre la situación del hombre cristiano (siempre en el sentido alemán de hombre como ser humano, no como género).

  • Primero.- Es muy difícil juzgar desde fuera si una acción es un acto de amor cristiano o no. La autoridad de interpretación la tiene, en primer lugar, el creyente mismo.
  • Segundo.- Ningún ser humano puede vivir sin actuar; como consecuencia, no existe situación, aunque carezca de importancia, exento de significado ético. Levantar una paja del camino, así el ejemplo famoso de Lutero, puede ser una buena obra, en caso de que se haga por amor por otro, respectivamente desde la convicción que no es necesario para ser justificado.
  • Tercero.- El bien -en el sentido del amor cristiano- no se deja cuantificar; no está sujeto a una competencia de superación.

En un tiempo donde muchos creyentes perciben la libertad cristiana sólo en términos de libertad de culto -la que, por supuesto, también se debe reclamar  así como se debe conceder-,  es liberador volver a entender este concepto central de la fe bajo la luz de nuestra relación con Dios. Porque en este sentido la libertad cristiana es única, no la puede tener sino el que cree en Jesucristo y es privilegio del creyente el que se somete porque así lo quiere.

Dios, en su soberanía, tiene el poder de hacer todo lo que quiere. Pero sólo quiere hacer lo que está dentro de su perfección en amor y justicia de amor. En este último punto, la libertad en Cristo nos abre un vistazo a lo que significa ser como Dios.

La libertad cristiana y la Reforma

La libertad cristiana y la Reforma

El hombre cristiano es un señor libre sobre todas las cosas y no sujeto a nadie. El hombre cristiano es un siervo dispuesto a servir  en todas las cosas y sumiso a todos.

Así suena la frase más famosa del tratado De libertate christiana o Von der Freiheit eines Christenmenschen – «De la Libertad del Hombre Cristiano». Bajo este título resumió Marín Lutero su clamor por la libertad del ser humano en fe, acción y actitud.  Sus contemporáneos escucharon en este llamado cosas diversas, como por ejemplo, en cuanto a la posición del individuo frente a las autoridades eclesiásticas y seculares. De la libertad individual también se deduce la libertad de conciencia, la que hasta hoy -y hoy más que nunca- rige la convivencia entre  Iglesia y Estado en la sociedad.

La apelación a la conciencia moral en contra de las autoridades estatales y eclesiales es la escena nuclear de la Dieta de Worms en 1521 y de impacto de gran transcendencia: el despertar del pénsamiento autónomo. Los hombres comenzaron a descubrir en grado cada vez mayor su propia personalidad y capacidad frente al estado y la iglesia. Al colocar la responsabilidad personal y la decision de conciencia de cada uno en posición central, la Reforma anunció el fin del poder absoluto de las autoridades.

No obstante, hasta la realización plenaria de este concepto hay un camino largo con muchos desvíos y retrocesos, aun dentro del mundo cristiano y hasta el día de hoy. Más importante, entonces, preguntarnos por el significado de lo escrito por Lutero sobre este concepto central, en cuanto a nuestra propia relación con la libertad dentro de nuestro propio contexto.

El trasfondo

Desde el Imperio de la Iglesia, es decir, desde que se estableció como religion del Imperio Romano (380), y a lo largo de toda la Edad Media, el cristianismo se considera como orden sacro dentro del cual cada ser humana ocupa una posición fija, prescrita por Dios. La  Iglesia como un todo gozaba, por supuesto, de la libertad a fijar este orden según parámetros establecidos por ella (en contraste con el judaísmo que se regía según una ley divina muy detallada). Empero el creyente individual debía subordinarse para encajar en este orden. Sólo mediante esta subordinación y el cumplimiento de las múltiples obligaciones formales definídas la Iglesia, le fue posible al cristiano participar de la salvación por Cristo; así lo enseñaba hasta entonces la doctrina de la redención.

Para Lutero y los reformadores que le siguieron, esto era contrario al sentido de religion: «Aun cuando por tantas buenas obras estuvieras sobre pie todo el tiempo, todavía no serías justificado ni darías honor a Dios, así que no cumplieras el primer mandamiento». Por ende, la religion concebida bajo los parámetros anteriores actúa en contra de la libertad terrenal individual y solo le remite al creyente a una vida mejor y justa en al más allá. A esta perspectiva Lutero contrapone el concepto extraido de los escritos paulinos: que el hombre cristiano tiene que ser libre precisamente en el Aquí y Ahora. Lo sustenta con que no es por las obras sino únicamente por la fe que el hombre alcanza la justificación.

La libertad cristiana: su significado

Dentro de la historia humana, el tratado de Lutero traza la línea que separa el pensamiento medieval del pensamiento moderno. Al postular el sumario de las libertades cristianas las presenta no como independientes una de la otra, sino como una secuencia lógica de argumentación. Esto no solo según la comprensión de una lectura después del siglo XX; ya sus contemporaneos comprendieron la conexión entre libertad religiosa y las demás libertades culturales, intelectuales, sociales, económicas y políticas. El pensamiento central significa un revolcón total en la relación entre religion y libertad individual.

Una verdad teórica

Una mirada a la historia es suficiente para darnos cuenta que ni el reformador, ni la Reforma, ni los hijos de la Reforma entre cuyos bisnietos figuramos, lograron implantar este concepto grandioso del Evangelio. Una tras otra vez fracasa la Iglesia a vivir hasta la altura de su libertad y cada vez lo paga más caro con la pérdida de su influencia. Incluso donde los números parecen indicar lo contrario, está claro que las multitudes que se reúnen en los estadios y templos ni conocen ni se interesan por la libertad en Cristo que se les concede como privilegio y como responsabilidad.

Y sin embargo, es el ejercicio de esta libertad, tan caramente comprado por el Señor Jesucristo, lo que da validez a la decisión de obedecerle.

 

La Carta a los Romanos

La Carta a los Romanos

Esta epístola es la pieza principal del Nuevo Testamento y el Evangelio más puro. Está bien digna y merecedora de que un cristiano no sólo la conozca de memoria palabra por palabra, sino que también todos los días la trate como el pan diario del alma. Porque jamás puede leerse ni considerarse en exceso. Entre más uno trata con ella, más deliciosa se vuelve y más nos gusta. Por lo que también yo quisiera agregar mi servicio con este prefacio y, hasta donde Dios me lo concede, procurarle una introducción con el fin de que sea tanto mejor comprendida por cada uno. Ya que hasta ahora ha sido malignamente denigrada por interpretaciones y ciertos murmuraciones, cuando al contrario es luz brillante en sí y enteramente suficiente para aclarar a la Escritura entera. En primer lugar debemos comprender el lenguaje y saber lo que San Pablo quiso decir con las palabras: ley, pecado, gracia, fe, justicia, carne y otras similares. Sí no, la lectura no nos aprovecha.

Con esas palabras comienza Lutero la introducción a la Epístola a los Romanos de Pablo, el autor en la Biblia que como ningún otro iría a explicar a los discípulos cuáles eran los fundamentos y principios de su fe.

Los escritos de Pablo tenían reputación de difícil comprensión, y desde Orígenes (185-254) existían interpretaciones diferentes. Desde el siglo II hasta el XV se redactaron por lo menos 32 comentarios importantes. No obstante, sea desde la perspectiva intelectual o teológica, la Carta a los Romanos siempre se consideraba la obra maestra de Pablo. En el siglo XX, el eminente teólogo neo-ortodoxo Emil Brunner dice: «¡Qué poder espiritual debe haber estado vivo en este Pablo que fue capaz de dictar tal obra en unas cuantas noches.» Según fuentes antiguas, el padre de la Iglesia Crisóstomo mandó que se le leyera la carta una vez semanal; el reformador Calvino dijo de ella que abre la puerta a todos los tesoros de las Santas Escrituras.

Según la convicción de Lutero, el que entiende la Carta a los Romanos tiene acceso a casi toda la Biblia. En ella, Pablo no sólo resumía a la doctrina neotestamentaria: también abría el acceso al Antiguo Testamento. La comprensión de la revelación progresiva y el cristocentrismo sostenido por Lutero parten de Romanos, más que de ningún otro texto.

El descubrimiento

Antes de estudiar a Pablo, Lutero temía a Dios y a Cristo como jueces implacables del mundo y de la humanidad. Este terror le quitó la tranquilidad. Su superior en el monasterio y consejero espiritual, Johannes von Staupitz, le aconsejó: «Tenéis que haceros Doctor o predicador, para que tengáis algo que hacer.»

A partir de otoño 1512 Lutero lee cátedra en Wittenberg. Pero el trabajo duro no lo libera del miedo.  En el semestre 1515/16 establece la asignatura de la Carta a los Romanos. Cuando llega a 1:17 se detiene. Comienza a odiar la expresión «justicia de Dios» ya que la entiende como la cualidad de Dios por medio de la cual castiga a los injustos. En la búsqueda todavía inconsciente por el Dios de gracia, el profesor de teología lucha contra Dios y se rebela contra Él: «Como si no fuera suficiente que el pecador sea perseguido por la ley, ¿Dios también tiene que amenazarlo con su ira por medio del Evangelio?»

Aun cuando Lutero casi se destruye en su interior, el texto ya no lo suelta. De repente se le ilumina la mente. Su mirada se dirige a la continuación del verso: «El justo por fe vivirá.»  Comprende que la «justicia de Dios» no se define como su intención de condenar al pecador, sino que describe a la dádiva divina que restablece al pecador. Dios viste al que cree von la justicia de Cristo para salvarlo. Para Lutero, el pasaje de Romanos se convierte en «el portón del paraíso».  Ahora lo tiene claro:

«El justificado por fe, vivirá.»

La influencia

El preámbulo de Lutero repercutió fuertemente en diferentes movimientos posteriores. Para Juan Wesley era el impulso definitivo. En la noche del 24 de mayo de 1783, durante una reunión de creyentes en Londres, se hizo lectura de este escrito:

«La fe es la obra divina en nosotros, lo que nos transforma y nos hace nacer de nuevo desde Dios y da muerte al viejo Adán; hace de nosotros a hombres diferentes en corazón, ánimo y mente y en todas las fuerzas y trae consigo al Espíritu Santo… Ella (la fe) no pregunta si hay buenas obras por hacer, más bien, antes de que uno pregunte, ya las ha hecho y permanece para siempre haciéndolas.»

La Carta a los Romanos habló a Agustín en su búsqueda de Dios, respondió a Lutero cuando deseaba al Dios de la gracia y ayudó a Wesley en su lucha por la fe que salva. El teólogo de mayor influencia del siglo XX, Karl Barth recibió respuesta desde Romanos a la pregunta central: «¿Cómo puedo yo, precisamente yo el hombre, propagar la Palabra viva de Dios, precisamente la palabra de Dios?» En medio de la Primera Guerra Mundial empezó con la interpretación de la Carta a los Romanos y la terminó en 1918, abogando por un entendimiento de la revelación según Romanos:

«Dios es Dios, pero es Dios para el mundo. El mundo es el mundo, pero es amado por Dios. Dios se encuentra con el mundo en Jesucristo.»

Una tras otra vez, la Carta a los Romanos ejerce profunda apelación a los hombres. Coleridge la describe como «la obra más profunda escrita jamás». Melanchthon, compañero y sucesor de Lutero acostumbraba copiarla diariamente dos veces para no olvidar nada de ella. Y no pocos modernos aprecian al Apóstol Pablo como «el intelectual más grande de la Antigüedad» a causa de lo que alguna vez escribió a la comunidad cristiana en Roma.

Todos lo deben saber

Lutero termina su preámbulo diciendo:

«Así que encontramos en esta epístola de la forma más rica lo que un cristiano debe saber, es decir, lo que es ley, evangelio, pecado, castigo, gracia, justicia, Cristo, Dios, buenas obras, amor, esperanza, cruz, y cómo debemos comportarnos para con cada uno, sea piadoso o un pecador, fuerte o débil, amigo o enemigo, y frente a nosotros mismos.  Además, todo esto se razona de manera contundente con citas de la Escritura, se comprueba con el ejemplo de sí y de los profetas, así que en este respecto no deja nada que desear. Por eso también parece como si San Pablo hubiera pretendido resumir en breve a toda la enseñanza cristiana y evangélica en esta epístola y con ella abrir el acceso a todo el Nuevo Testamento. Porque, sin duda: el que lleva a esta epístola en el corazón, lleva consiga a toda la luz y fuerza del Nuevo Testamento. Por ende, que todo cristiano la use para todo y permanentemente. ¡Qué Dios de su gracia a esto! Amén.»

La Reforma y las Mujeres (3)

La Reforma y las Mujeres (3)

El lado oscuro

La vida en el claustro, por seguro, tenía su lado oscuro: una y otra abadesa llevaba un regimen de dureza y los sublimes votos de pobreza, de obediencia y castidad no siempre se respetaron. A pesar de esto, muchas monjas no estuvieron de acuerdo con la descripción de Lutero el que habló de la vida monacal como de una «prisión perpetua». Con la crítica y la siguiente aperture de los claustros, no sólo se perdió un estilo de vida, la soltería femenina respetada, también se plantó una norma social nueva. Una mujer tenía que ser esposa, server al marido y dar luz a la descendencia.

Con todo el aprecio que tenía para con su propia esposa, con todos los principios sobre la igualdad spiritual de los sexos, tampoco Lutero cedió en el punto del rol de la mujer:

«Aun cuando ellas (las mujeres) se fatiguen y desgasten hasta la muerte (por los embarazos), esto no hace daño. Que se desgasten hasta morir; para eso nacieron.»

La libertad, que era un valor tan importante para Martín Lutero, no se concedía de la misma manera cuando da la mujer se trataba. En lo que a ellas respecta, el potencial emancipatorio de la Reforma no hizo su pleno despliegue. El sacerdocio universal, entre otros, hubiera tenido que abrir el acceso de las mujeres a todas las funciones eclesiales. Pero no fue así. Con pocas excepciones -en los movimientos radicales de los anabaptistas y posteriormente en el pietismo- tenían que pasar casi 500 años más, antes de que surgiera una discusión seria sobre la ordenación de mujeres que luego llevó a su implantación. En las iglesias luteranas de Alemania, la emancipación completa rige desde 1968. Hasta hoy hay un gran número de denominaciones que todavía se niegan a dar el paso hasta el reconocimiento con todas sus implicaciones. Y basta asistir a algunas ceremonias matrimoniales en congregaciones evangélicas para darse cuenta que su interpretación de Efesio 5:21-33 no fue sometida a un mayor examen exegético.

La Reforma y las mujeres: conclusiones finales

A la pregunta sobre si la Reforma trajo ganancias para la libertad de las mujeres, si dio impulso a la emancipación femenina, no existe una respuesta única. Dentro del movimiento reformatorio, algunas mujeres individuales ciertamente experimentaron el aliento, la afirmación y liberación que el Evangelio de Cristo promete a todos los seres humanos; lograron descubrir y desarrollar un estilo de vida nuevo, hasta entonces no explorado. En resumen, no obstante, la Reforma redujo la imagen de la mujer al rol de esposa y madre, y esta imagen era la dominante durante los siglos siguientes. Sólo el las tendencias sociales del siglo XX condujeron a los cambios radicales  de los cuales actualmente somos testigos.

Parece justo decir que la Reforma plantó las semillas de este desarrollo, pero que el mismo suelo preparado por los reformadores era demasiado árido y pedregoso para que la siembra hubiera podido romperlo.  De hecho, desde tiempos bíblicos y la era de reformación todavía yacen semillas en la tierra que esperan el tiempo de su maduración y cosecha.

Ya no hay judío ni griego, esclavo ni libre, hombre ni mujer, sino que todos ustedes son uno solo en Cristo Jesús.

Esta declaración paulina es una de esas semillas, esperando a que el suelo se ablande y que pueda llegar a la realización plena.

 

La Reforma y las Mujeres (2)

La Reforma y las Mujeres (2)

El efecto de la Reforma para las mujeres

Sería difícil encontrar un área de la vida humana que no fuera  afectado por el revolcón de pensamientos que trajo la Reforma – tampoco la vida de las mujeres. El sacerdocio universal propagado por Lutero tomó en serio a la igualdad entre los hombres. «Por lo que todos los hombres cristianos son sacerdotes, todas las mujeres sacerdotisas, joven o viejo, señor o siervo, patrona o sirvienta… en esto no hay diferencia», dice Martín Lutero en su escrito «A la Aristocracia Cristiana» de 1520.

Mediante esto, a toda mujer y a todo hombre se adjudica el acceso directo a Dios, sin que le hiciera falta ningún intermediario.  Esto eleva la autoestima de las mujeres: no necesitan a ningún ser humano, ni ningún hombre para entrar en contacto con Dios.

De la misma manera, el principio «Sola Scriptura», la orientación únicamente por medio de las Sagradas Escrituras como regla en todas las cuestiones de la fe, contribuyó a que las mujeres apuntaran a una lectura e interpretación bíblicas propias. La petición de Lutero de introducir la educación general para los niños de ambos sexos, constituyó una premisa importante para que mujeres aprendieran a leer y llegaran a descubrir la Biblia por sí mismas. Entre otras, eran también las mujeres dentro del texto bíblico que inspiraron y alentaron a tal visión. Marie Dentier, una anterior abadesa que tomó su residencia en Ginebra,  se refiere a la descripción bíblica de las mujeres cuando dice: «…ante todo, porque numerosas (mujeres) en las Escrituras reciben menciones de elogio, tanto por sus virtudes, sus posiciones, sus gestos, como también por su fe y su enseñanza.»

Conforme con la costumbre reformadora, la Biblia se usa como soporte para que las mujeres pueden inmiscuirse, que fueran consideradas como sujetos de la teología y  no debían ser difamadas o confinadas detrás de barreras por su género. Y no como último, «la libertad del hombre cristiano» (hombre en el sentido de la palabra alemán para «ser humano») propaganda por Lutero, les dio valor a las mujeres de abandonar a formas de vida restrictivas como la vida monacal en el claustro.  También la ética laboral de Lutero que no solo apreciaba al trabajo spiritual o intelectual, sino a todas las formas de trabajo, significaba una mayor valoración también de las labores adscritas a las mujeres.

Una liberación con muchas dudas

No obstante, esta lista de consecuencias positivas de los cambios causados por la Reforma, representa solo un lado. También existe otro lado de la medalla.

El famoso escape de Catalina de Bora del claustro de Nimbschen era sin duda un acto de liberación para ella. De la monja Ursula de Münsterberg sabemos que quería abandonar al monasterio porque vio por fuera de sus muros mayores oportunidades de practicar la caritas que amaba.

Pero también hubo no pocas mujeres que fueron obligados de dejar la vida reclusa, a las que unos parientes habían sacadas fuera de sus celdas con el fin de que cerraran un matrimonio conveniente en contra de su deseo propio. Ursula Dobler era una de ellas. No quería acceder a los reclamos sexuales de su reciente esposo y huyó de la comunidad matrimonial. No se sabe si pudo cumplir su deseo de volver al monasterio, pero es documentado que incluso Martín Lutero fue involucrado en el asunto y que recomendó no obligarla a la vida de casada. Las disputas acerca de las monjas y mujeres por fuera del claustro se llevaron ocasionalmente de forma muy acerba, como también se observa en diferentes escritos de propaganda.

Con todo, la inclinación de abandonar la vida monacal entre las monjas no era tan grande como entre los monjes. También las razones por hacerlo son diferentes. Algunas se sentían muy a gusto con la regularidad de la vida monacal: su horario invariable y las expresiones espirituales, así que hubieran preferido mantener la fidelidad a este estilo de vida así como la compañía de las mujeres con las que habían compartido tanto tiempo.

Pero, ante todo, las alternativas que se les ofrecían por fuera del monasterio no eran especialmente atractivas. O tenían que encontrar a un marido quien les desposara y les procurara el sostento, o buscar un puesto de sirvienta en alguna casa o taller, o regresar a la familia de su origen, por la cual muchas veces habían sido entregado al claustro, para deshacerse de ellas.

En todo caso significaba renunciar a un modo de vida más autónomo y privilegiado. Porque la pertenencia al monasterio otorgó a las mujeres una provision asegurada, muchas veces una educación superior, protección de la tutela por un miembro masculino -padre, tío, hermano, hijo o el mismo esposo- y las mantuvo al margen de los peligros físicos como embarazo, parto y posparto (en este tiempo causa número uno de muerte).

Queda otra pregunta: ¿mejoró la Reforma la posición de la mujer en la familia y en la sociedad? Como siempre, la respuesta no será simple.

Continuará…

La Reforma y las Mujeres (1)

La Reforma y las Mujeres (1)

Liberación o subyugación

Comencemos nuestro examen del impacto de la Reforma en el ámbito de la sociedad y del indivduo con el grupo más importante: las mujeres.  Son el grupo más importante porque, si no son mayoría, tampoco son minoría. Son el grupo que sufrió la opresión más larga y, lo que las hace interesante para nuestro contexto, son el grupo cuya discriminación ha sido -y es todavía- justificado con argumentos religiosos.

¿Qué trajo la Reforma a las mujeres? ¿Aliento, respaldo, liberación? ¿O continuación de la subyugación bajo pretextos teológicos?

Resultado de imagen de catalina de boraMartín Lutero (1483-1546) y su amada esposa Catalina de Bora (1499-1552). Su matrimonio se celebró en 1525 y duró hasta la muerte de Lutero. Tuvieron seis hijos de los cuales dos murieron en tiempo de vida de los padres.

El papel de las mujeres en la Reforma

No cabe duda: los impulsos decisivos para la Reforma partieron de Lutero y sus colegas, todos hombres de erudición. Aun así: la Reforma es más que la obra de los reformadores. Hubo muchos que contribuyeron a este movimiento, antes de Lutero, y después de él. Entre esas personas también encontramos un gran número de mujeres; mujeres cuyos nombre no forman parte de la narrative tal como lo hacen los de Melanchthon, Calvino, Zuinglio, Knox… etc.

Haciendo memoria de los 500 años, la investigación histórica también se ocupó de aclarar el papel de las mujeres dentro del movimiento reformador. Descubrieron no solo a la ya conocida Catalina de Bora, sino también a la teóloga laica Catalina Zell y su obra literaria, o a princesas como Isabel de Calenberg-Göttingen. Que un personaje como Argula de Grumbach hasta hace poco era desconocido, es difícil de comprender, contemplando su historia de vida y su aporte a la Reforma. Esa mujer de una familia de la baja nobleza que había venido a menos, defendió a un joven protestante en contra de las autoridades y en contra de los profesores universitarios; entraba en correspondencia sobre cuestiones teológicas con Lutero mismo; tuvo un encuentro con él en la Fortaleza Coburg y sus volantes propagandísticos a favor de la Reforma alcanzaron números de impresiones más altos que los de muchos hombres.

Otra mujer es Olimpia Morata, nacida en Italia; allá se había criada y educada en la vida aristocrática, y desde su infancia fue considerada como genio prodigio, versada en los idiomas antiguos y en la filosofía de la antigüedad. Su simpatía para la Reforma obligó a esa erudita y humanista a abandoner a Italia. Con su esposo se radicó en el sur de Alemania, donde recibió la extraordinaria oferta de enseñar griego antiguo en la Universidad de Heidelberg. Que su renombre sobrevivió su propio tiempo queda documentado por el hecho que la iglesia luterana regional de Baden nombró a la sede de su seminario como «Casa Morata».

Sí las hubo, pues, mujeres que rompieron al rol que les fue sasignado, las que no querían dejarse prescribir cómo  comportarse, qué debían decir, y qué tenían que pensar. Pero solo en tiempos recientes existe interés en examinar cuál era la ganancia que las mujeres en su totalidad obtuvieron por medio de la Reforma. ¿Mejoró su posición en la Iglesia? ¿Aportó la Reform a la emancipación femenina? ¿O quizás la influencia reformadora debe registrarse como retroceso en lo que respecta a ellas?

Continuará…